Por regla general, un transportista aéreo no puede negarse a indemnizar a los pasajeros en caso de cancelación de un vuelo a causa de problemas técnicos de la aeronave. Sin embargo, es posible denegar la indemnización si los problemas técnicos se derivan de acontecimientos que, por su naturaleza o por su origen, no son inherentes al ejercicio normal de
la actividad del transportista aéreo y escapan al control efectivo de dicho transportista. |