Uno de los principales obstáculos para la "transnacionalización" del arbitraje es su vínculo con el Estado "sede". Aún prevalece la idea que para la validez de una cláusula arbitral se requiere del reconocimiento de una norma estatal. Sin embargo, no es la legislación del Estado sede la que "valida" el arbitraje, sino la ley del Estado donde se ejecuta el laudo. Lo anterior nos lleva a la conclusión que hoy en día puede ya decirse que el vínculo de los contratos con el derecho nacional, tiende adesaparecer |